Nomos
Este término griego se puede traducir por ley, y más en particular la ley de la ciudad.
La cuestión del fundamento de la ley de la ciudad, y en general de la ley moral y política, es una preocupación que ya se encuentra en los primero filósofos, pero con los sofistas se hace más consciente y explícita. Las soluciones más comunes a esta cuestión ya las encontramos en la cultura griega y son las siguientes:
- la ley tiene como fundamento lo sobrenatural;
- la ley tiene como fundamento la naturaleza;
- la ley descansa en los avatares humanos, en su historia y situaciones vitales concretas y contingentes.
La primer explicación dominó el mundo griego antiguo y es característica de la actitud mítica, de la justificación religiosa y la justificación teológica que encontramos en algunos filósofos como Santo Tomás.
La segunda explicación es más típicamente filosófica y es la que prefirieron la mayoría de filósofos griegos. Estos filósofos creyeron que la naturaleza podía darnos un criterio para establecer la corrección de las leyes morales al considerar que lo bueno es lo natural y lo malo lo antinatural.
La tercera explicación consiste en justificar el derecho y la ley de la ciudad indicando que ésta es convencional, consecuencia de los avatares humanos y en último término arbitraria. En la actualidad se suelen dar explicaciones de este tipo para explicar el origen de los derechos básicos (así, se habla de la voluntad soberana de los ciudadanos para regir su destino y establecer el código moral al que se han de someter).
La posición de los sofistas al respecto no es clara: si identificamos el movimiento sofista con las tesis relativistas de Protágoras, parece que defendieron el carácter no objetivo, arbitrario, de las leyes morales, sugiriendo que cada cultura o sociedad tiene su punto de vista, sus valoraciones y códigos morales, no siendo mejor ni peor ninguno de ellos.
La segunda explicación es más típicamente filosófica y es la que prefirieron la mayoría de filósofos griegos. Estos filósofos creyeron que la naturaleza podía darnos un criterio para establecer la corrección de las leyes morales al considerar que lo bueno es lo natural y lo malo lo antinatural.
La tercera explicación consiste en justificar el derecho y la ley de la ciudad indicando que ésta es convencional, consecuencia de los avatares humanos y en último término arbitraria. En la actualidad se suelen dar explicaciones de este tipo para explicar el origen de los derechos básicos (así, se habla de la voluntad soberana de los ciudadanos para regir su destino y establecer el código moral al que se han de someter).
La posición de los sofistas al respecto no es clara: si identificamos el movimiento sofista con las tesis relativistas de Protágoras, parece que defendieron el carácter no objetivo, arbitrario, de las leyes morales, sugiriendo que cada cultura o sociedad tiene su punto de vista, sus valoraciones y códigos morales, no siendo mejor ni peor ninguno de ellos.
En los sofistas de la segunda generación como Trasímaco encontramos un punto de vista diferente. Este sofista recupera el papel de la Naturaleza en la cuestión de la fundamentación de la ley, pero considera que las leyes vigentes en las ciudades no son adecuadas, precisamente por no ser naturales. Su visión de la naturaleza le lleva a considerar a ésta como un lugar de enfrentamiento y lucha entre las distintas especies e individuos, como el ámbito en el que sobreviven los más capaces, los mejor dotados. Cree encontrar dos principios básicos en la Naturaleza: la ley del más fuerte y el egoísmo. Como consecuencia de ello, y aunque los textos de los que disponemos son fragmentarios y confusos, parece que defendió la necesidad del dominio del fuerte sobre el débil también en la sociedad.
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